lunes, 17 de mayo de 2010

Gatti calificó de "inconstitucional" el marco normativo provincial que regula las actividades hidrocarburíferas

 
Mediante un proyecto de ley el legislador de Redes, Fabián Gatti, intentará propiciar el análisis y debate de la Ley Q 4296, sobre permisos de exploración y concesiones de explotación y/o de transporte de hidrocarburos, por considerar que faculta al poder ejecutivo de manera inconstitucional  a realizarlos. 

Curiosamente en los considerandos del decreto-ley se hizo "un sugerente recorte de la constitución" al citar el Artículo 79 de la Carta Magna provincial. Establece que "los yacimientos de gas, petróleo y de minerales nucleares existentes en el territorio provincial y en la plataforma marítima son bienes del dominio público provincial" y omitió la segunda mitad del párrafo que sigue de esta manera: "su explotación se otorga por ley, por convenio con la Nación".

Al analizar el contenido del decreto- Ley, Gatti observó que "el recorte de esta parte del párrafo, que incluye el rol de la Legislatura en los contratos de explotación, no se debe a una cuestión de ahorrar palabras en los fundamentos, sino justamente a una voluntad política ya tomada y que apuntaba a pasar por alto al Poder Legislativo".

Para contextualizar, la reforma de la Constitución Nacional en 1994 reconoció a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, pero no se efectivizó hasta que se sancionó en el año 2006  la Ley 26.197, que definitivamente no sólo reconoció el dominio de las provincias sobre los hidrocarburos, sino además sobre la explotación y administración del recurso, cosa que en el texto constitucional estaba abierto a diversas interpretaciones y que era fundamental para que la provincia avance en su uso.

Así, el Poder Ejecutivo provincial decidió mediante un "decreto de necesidad y urgencia", también llamado "decreto de naturaleza legislativa", basándose en el Artículo 181, inc. 6 de la Constitución Provincial, su reglamentación. Este decreto pasó por la Legislatura y al no ser tratado en el plazo de 90 días y tal cual lo plantea la constitución, se convirtió en Ley Q Nº 4296.

Gatti señaló que debe "quedar claro"  que  a tal instrumento la constitución lo habilita en los casos de "necesidad y urgencia, o de amenaza grave e inminente al funcionamiento regular de los poderes públicos". Y este no fue el caso.

El texto actual del Artículo 3 de la Ley Q 4296 estipula "designar al Poder Ejecutivo Provincial como Autoridad de Aplicación de la presente ley, a través del Ministerio de Producción y/o el organismo que lo reemplace, facultándolo para reglamentar y regular sobre todas las materias que le competen como autoridad concedente con arreglo a lo previsto en la Ley Nacional Nº 26.197". Especialmente las facultades de la "autoridad concedente" serán: "determinar las zonas de la provincia en las cuales interese promover las actividades"; "anular concursos"; "ejercer en forma plena e independiente las actividades de control y fiscalización y ejercicio del poder de policía sobre toda la actividad hidrocarburífera"; "establecer los procedimientos de constitución de servidumbres y fijar las compensaciones y actualizaciones reconocidas a los propietarios superficiarios" y "declarar la caducidad y/o nulidades de los permisos y concesiones".

Aquí Gatti propuso modificar el citado artículo que establecerá que "la decisión de otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación y/o de transporte, así como prorrogar sus plazos, autorizar sus cesiones o renegociaciones, se otorgarán por Ley de acuerdo a lo establecido en el Artículo 79º de la Constitución provincial". Es decir, debe pasar la instancia legislativa.


 Secretario Bloque Renovación y Desarrollo Social (REDES)
Ing. Ernesto M. Epifanio  ernestoepifanio@hotmail.com – Tel. 02941 155 32974
Prensa y comunicación institucional
Sonia Suyay Urrutia - suyay@italopatagonicos.com.ar  Tel. 02941 154 17505 – 02941 433539



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