martes, 19 de agosto de 2008

Pedido de informes y comunicación al Ministerio de Educación de Río Negro

Observan falta de información pública en el sitio virtual de educación provincial

Mediante un proyecto de comunicación al Ministerio de Educación de Río Negro, los legisladores plantearon "la necesidad y el deber que tiene nuestra provincia, en el ámbito del Consejo Provincial de Educación (CPE), de hacer efectivo el cumplimiento de los puntos prescriptos en la ley nacional 26.075 de Financiamiento Educativo y específicamente en su artículo 16, en lo referido a la información que debe publicar, en su página web, sobre la ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la educación, () en particular sobre el gasto por alumno, la participación del gasto en educación en el gasto público total, el grado de cumplimiento de las metas físicas y financieras comprometidas y las inversiones realizadas en el período estipulado por dicha ley, los convenios con Nación y por la misma planificación del CPE".

Beatriz Manso, Martha Ramidán y Fabián Gatti, legisladores autores, profirieron que "el punto central de esta comunicación () va en búsqueda de la calidad institucional y la transparencia en los actos de gobierno, ambos aspectos facilitados a través de las nuevas tecnologías, que permiten un acceso instantáneo a la información, en este caso en el ámbito de la educación pública provincial".

En la comunicación se citó los alcances de la ley nacional de Financiamiento Educativo que establece, en el artículo 16, que "a los efectos de dotar de mayor transparencia a la gestión pública, la estructura programática de los presupuestos anuales de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá reflejar en forma separada la asignación de los recursos transferidos () de modo de facilitar su seguimiento, monitoreo y evaluación".  Asimismo "el Gobierno nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar regularmente la información sobre la ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la educación, informando en particular sobre el gasto por alumno, la participación del gasto en educación en el gasto público total, el grado de cumplimiento de las metas físicas y financieras comprometidas y las inversiones realizadas en el período. Esta información deberá estar disponible públicamente en sus páginas web durante el año de ejecución presupuestaria, para corroborar el cumplimiento de las metas establecidas en la presente ley".

Por otra parte, los parlamentarios recordaron que es el Consejo Federal de Cultura y Educación el organismo encargado de evaluar el funcionamiento del sistema de información física y financiera conforme a los clasificadores presupuestarios utilizados por la Ley Nº 25.917 con el objeto de garantizar la homogeneidad de la información y el estricto cumplimiento de los compromisos entre las partes.

La ley de financiamiento educativo prevé una "asignación específica de recursos coparticipables en los términos del inciso 3 del artículo 75 de la Constitución Nacional con la finalidad de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional (Art. 7º)"

El incumplimiento a la  ley 26075 generaría que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en su carácter de autoridad de aplicación, en consulta con el Consejo Federal de Cultura y Educación, instrumente o promueva la ejecución total o parcial de la retención de las transferencias de los fondos asignados en el presupuesto destinados a las jurisdicciones hasta tanto se cumplimenten las condiciones acordadas con el gobierno nacional  (Art. 17).

En este sentido los legisladores expresaron que "por estas razones y la necesidad del Gobierno de Río Negro de recibir fondos para su presupuesto, son las que llevaron a la provincia a adherir (de hecho) a la ley nacional de financiamiento educativo" y que por lo tanto "es necesario poner la mirada en los puntos de dicha ley que no están siendo cumplidos. En este sentido el miramiento, por parte nuestra, del incumplimiento del artículo 16 de la ley 26.075, no apunta simplemente a evitar las retenciones de los fondos destinados a nuestra provincia."

Río Negro cuenta con normativa que expresa la voluntad democrática de transparentar los actos de gobierno. "Se trata más bien de una convicción que orienta nuestras propuestas, basada en la consideración de que el camino para mejorar las acciones de gobierno, debe marchar indefectiblemente por las sendas de la transparencia y la exposición pública del rumbo de las gestiones. De modo tal, que sea la ciudadanía misma la que pueda controlar y corregir aquellos derroteros que no se correspondan con las necesidades sociales, en su compleja actualidad", enfatizaron los parlamentarios.

Finalmente opinaron que "siendo la educación uno de los aspectos más sensibles en la compleja actualidad de nuestra provincia, se torna más que necesario, disponer todas las voluntades políticas, orientándolas a la apertura de las instancias participativas en torno a la formulación y seguimiento de las políticas. La ley 26.075 aporta una de las condiciones de posibilidad para que eso se realice en el ámbito de la educación provincial. Sólo falta cumplirla".


Pedido de Informes al Ministerio de Educación  

El Ministerio de Educación provincial deberá responder el pedido de informes presentado por los legisladores Beatriz Manso, Martha Ramidán y Fabián Gatti sobre fondos coparticipables, convenios bilaterales, presupuesto educativo y objetivos. 

Entre los puntos a detallar por el Ministerio están " el monto de los fondos coparticipables destinados a la provincia (…)  en los años 2006, 2007 y 2008, según lo fijado por la ley 26.075, de financiamiento educativo, y los decretos nacionales 459/06, 607/07 y 212/08".

Solicitaron además un informe pormenorizado sobre el o los convenios bilaterales realizados con el Ministerio de Educación de la Nación en función de lo estipulado por dicha ley, en su artículo 12º, que incluya: "metas anuales en consonancia con los objetivos que fija la ley de financiamiento educativo, recursos nacionales y provinciales que se asignaron para su cumplimiento, mecanismos destinados a evaluar su correcta asignación, el grado de cumplimiento de las metas físicas y financieras comprometidas y las inversiones realizadas en el período estipulado por dicha ley, los convenios con Nación y por la misma planificación del Consejo Provincial de Educación".  

Sobre el presupuesto educativo requirieron un "detalle de la ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la educación según la ley 26.075, informando en particular sobre el gasto por alumno, la participación del gasto en educación en el gasto público total en los años 2006, 2007 y 2008, según los compromisos en inversión sectorial que asumió la provincia".

Finalmente los parlamentarios preguntaron cuáles son los mecanismos que usó el Ministerio para difundir públicamente las metas anuales, las metodologías, los resultados de las evaluaciones del cumplimiento de las mismas y los recursos invertidos, según lo fija la ley 26.075.

Prensa, 19 de agosto de  2008

Contacto: Leg. Beatriz Manso -  0299 156 340 806