miércoles, 13 de mayo de 2009

No se está garantizando el cumplimento del programa "garrafa social"

Comunicación  a la Secretaría de Energía de Nación
Una iniciativa parlamentaria fue presentada por la legisladora Beatriz Manso (REDES) a fin de solicitar una revisión a la ley que regula la industria y comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP), especialmente en lo que refiere al gas envasado en cilindros y garrafas, destinados a satisfacer necesidades básicas de miles de personas que habitan en la provincia y que se corresponden en su mayoría a sectores vulnerables o carentes del servicio de gas en red.  
 
La ley referida por Manso, la 26020 del año 2005, estaría incurriendo en un trato desigual de los proveedores de GLP en cuanto la normativa lleva a monopolizar el servicio entre aquellos que se puedan encuadrar en los requerimientos de la Secretaría de Energía de Nación. Y por tanto, el producto no respeta el precio establecido por nación, ni se garantiza que llegue en tiempo y forma a los usuarios.
 
La comunicación presentada por Manso a la Secretaría de Energía solicita una "rectificación" a la reglamentación de dicha ley "atento a que la actual reglamentación se torna inoperativa en los aspectos más relevantes como el sancionatorio, el sistema de acceso abierto para la actividad de almacenaje y la contratación de seguros obligatorios en cada etapa de comercialización, imposibilitando de esta manera, la aplicabilidad de la misma en los ámbitos provinciales de nuestro país."
 
"Si entendemos que la ley debe garantizar el suministro regular, confiable y económico del gas envasado a sectores sociales de escasos recursos, muy especialmente, entonces estamos ante una falla en la aplicación de la normativa", dijo la legisladora.
 
Manso cita lo expuesto por la Auditoría General de la Nación quien informa falencias en la aplicación de la normativa principal. Entre los puntos señalados por el órgano de control externo se mencionan la no implementación del Fondo Fiduciario (para atender el consumo residencial de GLP envasado para usuarios de bajos recursos y para la expansión de redes de gas a zonas no cubiertas por redes de gas natural),  ni del sistema de almacenaje. Tampoco se concretó garantizar el funcionamiento de centros de atención al consumidor, políticas de contralor para el seguimiento de los precios de referencia y la creación de un Registro de envases de GLP. Además no se cumplieron con los mecanismos de transferencias transparentes del producto entre sus diferentes etapas de producción y comercialización.
 
En el caso de Río Negro, la ley Provincial 3949, establecía el Programa Garrafa Social, y fue implementada parcialmente. La misma se fue prorrogando desde el 2004 hasta el año pasado. Actualmente dicha normativa perdió vigencia y el único marco regulatorio de la "garrafa social" es la adhesión al Decreto Nacional del año pasado, la cual fue aprobada. Así, la provincia adhirió al  "acuerdo de estabilidad de precios del gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos de capacidad, suscripto por la Secretaría de Energía de la Nación con empresas productoras y fraccionadoras de gas licuado de petróleo en fecha 19 de septiembre de 2008 con alcance hasta el día 1 de diciembre de 2009".
 
Finalmente Manso señala  que "según la Ley, el Poder Ejecutivo Nacional debería haber reglamentado la constitución y funcionamiento del Fondo, arbitrando los medios para que la operatoria del mismo tenga la mayor transparencia y eficiencia en el funcionamiento de la garrafa social. De esta forma, quedarían sorteadas las asimetrías de precios entre los consumidores de gas natural y los de gas licuado de petróleo. A lo largo y ancho del territorio nacional es posible comprobar precios diferenciales del GLP generados por los contextos de una Argentina desigual respecto a los desarrollos relativos de sus regiones."
 
Informe de la AGN: http://www.agn.gov.ar/informes/informesPDF2008/2008_021.PDF

Secretario Bloque Renovación y Desarrollo Social (REDES)
Ing. Ernesto M. Epifanio  ernestoepifanio@hotmail.com – Tel. 02941 155 32974
Prensa y comunicación institucional
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