lunes, 17 de agosto de 2009

En Río Negro los menores de 21 años no podrán utilizar las camas solares

Proyecto de Ley
En sintonía con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud la legisladora Martha Ramidán (REDES) propuso que "los menores de 21 años no podrán exponerse a los rayos que emiten las camas solares y pantallas que emitan radicación UV, con excepción de los casos de necesidad terapéutica justificados por profesionales médicos, validados mediante certificados".
 
En cuanto a los establecimientos que ofrezcan este servicio "deberán exhibir carteles que indiquen la prohibición y que adviertan claramente sobre los riesgos para la salud que genera la exposición de los rayos UV (A, B Y C) a partir de la consideración de carcinogénicos que sostiene la OMS."
 
La iniciativa de Ramidán establece que la autoridad de aplicación  de esta norma será el Ministerio de Salud de la Provincia de Rio Negro quien dispondrá las sanciones necesarias para quienes la infrinjan.
 
La recomendación de la OMS está basada en investigaciones que consideran que los rayos UV (A, B y C) que emiten las camas solares y las pantallas para broncear el rostro son  "probablemente carcinogénicas" o "carcinogénicas" en humanos, dado la utilización de sustancias o preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia.
 
No obstante, el organismo internacional no pidió la prohibición de la comercialización de equipos UV con fines estéticos o cosméticos, sino que la información al respecto sea accesible de manera que los usuarios puedan hacer un uso responsable de las camas solares.
 
Ramidán citó entre los fundamentos la reciente resolución del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y la norma que rige en la ciudad homónima desde junio de 2006, como dos normativas trascendentes que responden a la sugerencia de la OMS.
 
Se conoce una adhesión a la Recomendación Nº 17/2004 del Parlamento Patagónico, por el cual establece que "la habilitación y funcionamiento de las (…) camas solares en Institutos abiertos al público, deberá ajustarse a ciertas pautas: los equipos deberán estar registrados y aprobados periódicamente por el Organismo que designe la autoridad de aplicación, el manejo de los mismos es a cargo de personal con entrenamiento básico de fotobiología, la dosis que se administre será en función a la que requiera cada tipo de piel, debiéndose proteger las áreas sensibles, debe implementarse una ficha personal para cada usuario con las dosis acumuladas, la que podrá ser incorporada a un Registro Central de Radiación UV artificial para los territorios de las Provincias, a la par que se brindará un folleto informativo sobre los riesgos potenciales de la irradiación ".
 
Es oportuno difundir la recomendación de la OMS en un momento en que gran parte de la población, en especial las mujeres jóvenes, se disponen a broncearse ante la llegada del verano o utilizan excesivamente dicho servicio durante todo el año.
 
Contacto: Leg. Martha Ramidán – 02941 156 61110

Secretario Bloque Renovación y Desarrollo Social (REDES)
Ing. Ernesto M. Epifanio  ernestoepifanio@hotmail.com – Tel. 02941 155 32974
Prensa y comunicación institucional
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