jueves, 25 de septiembre de 2008

Beneficio subsidiario de energía eléctrica para los discapacitados leves

 
          Comunicación al EPRE
Atentos a la resolución 140/07 del Ente Provincial Regulador de Electricidad (EPRE) que deja afuera del subsidio de energía eléctrica a las personas con discapacidad leve, los legisladores Martha Ramidán, Fabián Gatti y Beatriz Manso (FD) emitieron una comunicación para solicitar se los incluya en el beneficio.
El EPRE, en la resolución 140, estableció un subsidio de la energía eléctrica a las personas con discapacidad moderada, severa o profunda de acuerdo a lo determinado en el certificado emitido por el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad.  Tal resolución contraría la ley nacional 25.280 que aprobó la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico argentino.
En los fundamentos explicaron que "la razón de ser de este proyecto de comunicación es que existen personas con discapacidad leve, que quedan excluidas de dicho beneficio, pese a estar encuadradas en el decreto ley nacional 22.431 de sistema de protección integral de las personas con discapacidad y en la ley provincial Nº 2055 de régimen de promoción integral de las personas con discapacidad".
Prensa,  25 de septiembre de 2008
Contacto: Leg. Martha  Ramidán – 02941 156 61106

Prensa y comunicación institucional Bloque Frente Democrático
Sonia Suyay Urrutia - suyay@italopatagonicos.com.ar // 02941 15 41 75 05 – 02941 433539

 

 

martes, 23 de septiembre de 2008

Creación del Gabinete Interdisciplinario Psicosocial

 
Proyecto de ley
 
"La profesión policial es de las más propensas a sufrir cuestiones de estrés con consecuencias sobre la salud psíquica y física personal, el deterioro familiar y la caída en la eficacia de su gestión laboral. El policía debe enfrentar situaciones de riesgo, contingencias inesperadas, excesos horarios y se codea en su trabajo con la violencia, la muerte y situaciones sociales dramáticas. El policía debe controlar el ejercicio de su función, manipular un arma y para todo esto no cuenta con contención ni programas de prevención de esta problemática o de asistencia cuando enferma". Estas declaraciones fueron efectuadas por el legislador Fabián Gatti, quien junto a sus compañeros de bancada Beatriz Manso y Martha Ramidán (FD), efectuara para la presentación de un proyecto de ley que propone la creación de un Gabinete Interdisciplinario Psicosocial.
 
El Gabinete se incorporará a la Ley 4200 y tiene como objetivos la investigación, prevención y asistencia de la salud y calidad de vida para la fuerza de seguridad en todo su escalafón. También, dentro del Plan de Prevención Integral, se establece promover y articular la participación de Equipos Interdisciplinarios en salud mental para el diagnóstico, recuperación y prevención de Agentes de Seguridad en estado de riesgo psicofísico.
 
El Gabinete dependerá de la Secretaría de Seguridad y Justicia o el organismo que en el futuro la reemplace "con el objeto  de investigar, prevenir, diagnosticar  y recuperar a aquellos Agentes Policiales del Personal Superior y Subalterno en todas sus ramas de la Policía de la  Provincia de Río Negro, ante una Patología que implique riesgo psicofísico hacia la Persona y la Sociedad", establece uno de los artículos del proyecto ley.
 
Profesionales especializados elegidos por concurso público de oposición y antecedentes, que tengan incumbencia específica, serán quienes integren el Gabinete.
 
Otro artículo del proyecto ley,  de autoría de los legisladores del Frente Democrático, define la competencia del Gabinete Interdisciplinario Psicosocial. Los alcances son evaluar y dictaminar sobre la aptitud psicofísica de los aspirantes a la Policía de la Provincia de Río Negro a los escalafones vigentes o a  crearse; evaluar y dictaminar con una periodicidad de dos años sobre la aptitud Psicofísica de  Oficiales  Superiores y Subalternos de la Policía de la Provincia de Río Negro y tendrá carácter vinculante a los efectos de  ascensos a rangos superiores; intervenir de oficio o a requerimiento, ante el agente y familiar directo, en las patologías que se desenlacen como producto  de una crisis postraumática derivada de: accidentes, suicidios, violaciones, abusos, violencia familiar, enfrentamientos armados; dictaminar el porcentaje de incapacidad psicofísica  del agente afectado y aconsejar el reacomodamiento escalofonario  en la fuerza policial, y si puede continuar haciendo  uso del  arma reglamentaria e intervenir ante casos de apremios ilegales denunciados.
 
Los legisladores afirmaron además que "la conformación de un gabinete especializado de estas características servirá no solo hacia adentro de la institución sino también permitirá pensar en su intervención en la investigación criminalística ante casos de delitos complejos."
 
Prensa, 23 de septiembre de 2008
Contacto: Dr. Fabián Gatti – 0299 156 340 789

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domingo, 21 de septiembre de 2008

Proponen exención impositiva a vehículos utilizados por discapacitados leves

Proyecto de Ley
 
Todas las personas discapacitadas, con cualquier grado de discapacidad certificada, serán beneficiadas con la exención impositiva a los automóviles que sean de su propiedad o bien de padres o tutores que detenten la patria potestad de ellas. Actualmente, la ley provincial 2055 de Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad no se corresponde, en este sentido, con lo normado en la ley nacional 25280 que aprobó la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y en la cual se garantiza que, sin importar el grado, todos tienen derecho a los mismos beneficios.   
 
Esta iniciativa fue propuesta recientemente por los legisladores Martha Ramidán, Fabián Gatti y Beatriz Manso, del Bloque Frente Democrático, ante la inquietud manifestada por padres de personas con discapacidad leve. El proyecto de ley tiene por objeto "la modificación del Inciso g) del Artículo 15 de la Ley I Nº 1284 de Impuesto a los Automotores, propiciando su compatibilización con las disposiciones de las ley nacional 19.279 y de la ley provincial 2055".
 
"La exención no será procedente cuando la valuación fiscal del vehículo sea mayor a 50.000 pesos o su equivalente en otras monedas extranjeras a la sanción de la presente, en condiciones de entrega FOB, en el lugar de expedición directa a la República Argentina", señalaron los legisladores. En caso de que el solicitante sea titular de más de un vehículo el beneficio alcanza sólo a uno de ellos. Se exceptúa  a los vehículos de propiedad de Organizaciones Sociales sin fines de lucro, destinados a atender la problemática de personas con discapacidad.
 
"El citado artículo establece las causales que determinan la posibilidad de eximir a un contribuyente de las obligaciones que surgen del Impuesto a los Automotores y ha sido modificado en reiteradas oportunidades en el último tiempo, generalmente en un sentido restrictivo y meramente recaudador", expresaron en los fundamentos los autores.   
 
Agregaron que  "la razón de este proyecto es que existen personas con discapacidad leve y/o sus padres o tutores que detentan la patria potestad o curadores (...) que quedan excluidas de dicho beneficio, pese a encuadrarse en los decretos-leyes nacionales 19.279 del régimen de franquicia para la adquisición de automotores por personas con discapacidad y 22.431 de sistema de protección integral de las personas con discapacidad y en la ley provincial Nº 2055 de régimen de promoción integral de las personas con discapacidad".
 
Así, todas las personas con discapacidad, que puedan trasladarse por sus propios medios o que dependan de los padres o tutores, que acrediten el certificado de discapacidad expedido por el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, dentro del marco de la ley provincial, podrán obtener el beneficio. Será la Dirección General de Rentas quien establecerá las condiciones que deberá cumplir el solicitante de la exención.
 
Prensa,  21 de septiembre de 2008
Contacto: Leg. Martha  Ramidán – 02941 156 61106

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jueves, 18 de septiembre de 2008

Transferencia de dominio de terrenos a favor de la Biblioteca Popular


Proyecto de Comunicación al Poder Ejecutivo de El Bolsón

Mediante una comunicación a la intendencia de El Bolsón, los legisladores Fabián Gatti, Beatriz Manso y Martha Ramidán solicitaron cumplimentar la "transferencia de dominio de los terrenos individualizados como Parcelas 20-1-G-175-04b y 20-1-G-175-04c, ambas de la Planta Urbana del ejido de El Bolsón en favor de la Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento (…) en función del cumplimiento de lo establecido por la Ley provincial 2850/94". La falta de titularidad resulta un impedimento concreto para la obtención de fondos y el desarrollo de proyectos.  

La Ley 2850 ordenaba al Municipio desafectar del  dominio  público  la  parcela 20-1-G-175-04C de la planta urbana de la localidad y transferirla sin cargo a favor de la Asociación Civil Biblioteca  Popular Domingo F. Sarmiento para la realización del Complejo Cultural Integrado, que incluye la creación del Museo Histórico y Regional de esa localidad. El conflicto se desató en el año 1993 cuando el intendente Romera dispuso venderlo.
El pasado 11 de septiembre la Biblioteca Sarmiento cumplió 76 años de vida institucional. Desde entonces acompaña el nacimiento de diferentes organizaciones y genera actividades culturales y de esparcimiento sano para la comunidad. Varias generaciones de estudiantes de la Comarca Andina del Paralelo 42º han pasado por sus salas de lectura enriqueciendo su formación intelectual con los servicios brindados por la biblioteca. "La misma se constituye en un pedazo de la identidad cultural del lugar y de la memoria de sus ciudadanos" expresaron los legisladores.
 
La historia cuenta que en el año 1982 la institución obtuvo en comodato del Municipio de El Bolsón un terreno donde se construyó su sede, dentro del Casco Histórico la ciudad.
En el año 1983, el entonces Concejo Deliberante, mediante Ordenanza nº 984/83, otorgó el predio para que sin cargo se transfiriera el mismo a la Asociación. El lote aledaño, hacia el este, se mantuvo como espacio verde, quedando así la Biblioteca rodeada de vegetación en un conjunto armónico con la defensa de los principios ecológicos que fueron otrora bandera del pueblo de la Comarca.
 
"En el año 1993 y como consecuencia del accionar de un Intendente que pretendió ocupar el espacio con automóviles, los vecinos reaccionaron y el resultado fue la Ordenanza nº 50  /94 mediante la cual el Municipio solicitó a la Legislatura de entonces, la desafectación del espacio verde, para ser transferido sin cargo a la Asociación para la construcción de un complejo integrado adelantándose así a las necesidades futuras de mayor espacio para el quehacer cultural", fundamentaron los legisladores en la comunicación.
 
Sorpresivamente en los primeros días de agosto de este año, se presentaron dos proyectos al Concejo Deliberante: uno para retomar la posesión del lote y el otro para licitar su venta con fines turísticos o comerciales. Ante ello, la Asociación solicitó al municipio, por carta documento, que transfiera los lotes, en virtud de cumplir con su obligación, fijada por la ley provincial 2850/94, de otorgar los títulos de propiedad correspondientes. Cabe mencionar que la ley fue publicada en el Boletín Oficial Nº 3223.
 
La respuesta a esa carta por parte de la Municipalidad fue que el requerimiento es "improcedente y perjudicial para el erario público" y que "() sobre la Parcela () 0b le será extendido el Título de Dominio correspondiente" –sin mencionar cuándo- y que "() la Parcela …04c es de propiedad de la Municipalidad de El Bolsón".
 
Es por ello que los legisladores del Bloque Frente Democrático expresaron que "ante este error en que se desenvuelve el Poder Ejecutivo Municipal, desatendiendo lo prescripto por la ley 2850, es positivo que nuestra Legislatura Provincial, solicite al Intendente a cumplir con lo que manda la ley referida y que así dé cumplimiento a lo que oportunamente el Estado municipal requirió por voluntad de toda la comunidad (…) dado que ahora más que nunca se requiere aplicar criterios de participación ciudadana en virtud de mantener los servicios que está Biblioteca prestó comprobadamente a toda la comunidad durante largas décadas."
 
Prensa,  18 de septiembre de 2008
Contacto: Dr. Fabián Gatti 0299 156 340 789

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domingo, 14 de septiembre de 2008

Proponen sumar a la provincia a la tendencia mundial "ambientes cien por ciento libre de humo"

 
Proyecto de Ley
 
En virtud de la existencia de ordenanzas municipales que establecen la "absoluta prohibición de fumar en espacios cerrados sin excepción alguna" y atentos a la Ley provincial 3986 que contempla la "habilitación de áreas para fumadores" y permite la "habilitación de establecimientos como lugar de fumadores", los legisladores del Frente Democrático proponen introducir cambios en la citada ley ya que ésta colisiona con las ordenanzas municipales rionegrinas vigentes que respetan las recomendaciones internacionales de la Organización Mundial de la Salud que promueven  "ambientes cien por ciento libres de humo".
Martha Ramidán, Fabián Gatti y Beatriz Manso señalan que "la actual ley provincial  3986 viola los estándares internacionales de la OMS pues las recomendaciones establecen que sólo una ley, que establezca la creación de ambientes 100% libres de humo, preservará la salud de las personas, previniendo las enfermedades que provoca el humo del tabaco".
"La Comunidad Científica y la OMS han establecido que la creación de espacios tabicados para fumadores y no fumadores en bares, restaurantes, bingos, casinos y afines, no garantiza la eliminación de la exposición al humo de tabaco ajeno. Las mediciones en lugares tabicados muestran altos índices de contaminación, ya que el humo de tabaco en un espacio cerrado no respeta los tabiques. La ventilación y separación de áreas, aún con ventilación independiente, no constituyen medidas de protección aceptables", fundamentan los parlamentarios.
 
El proyecto del Bloque Frente Democrático tiene como objetivo garantizar  los espacios cerrados públicos y laborales "cien por ciento libres de humo de tabaco", para proteger a toda la población rionegrina contra los efectos mortales del humo de tabaco ajeno, adecuando los Artículos 2º y 3º de la Ley 3986 a las normas internacionales de salud pública y acorde al escenario nacional, en el que numerosas provincias y ciudades ya garantizan dicha protección.
 
Los legisladores citan como ordenanzas ejemplares las de Roca y Cipolletti, que están en sintonía con la legislación mundial de avanzada que rige en los ámbitos nacionales de Irlanda, Noruega, Nueva Zelanda, Italia, Malta, Suecia, Uruguay, Escocia, Bermuda, Gales, Inglaterra, Dinamarca, Bután Irán, Alemania, y en algunos estados o provincias de Canadá, Australia y EEUU. En nuestro país se sumaron a esta iniciativa "cien por ciento libres de humo" las provincias de Mendoza, Neuquén, Tucumán y Córdoba, y las ciudades de Corrientes capital, Bahía Blanca y Berazategui.
 
Sitio sugerido: http://www.rionegro.gov.ar/salud/tabaco/ley3986.pdf
Prensa,  14 de septiembre de 2008
Contactos:
Leg. Martha Ramidán 02941 156 61106
Leg. Fabián Gatti: 0299 156 340 789
Leg. Beatriz Manso, 0299 156 340 806

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sábado, 13 de septiembre de 2008

Pedido de Informes por exención impositiva a la empresa Flavors S.A.

Los legisladores Fabián Gatti, Beatriz Manso y Martha Ramidán, del Bloque Frente Democrático,  Pedro Pesatti, Carlos Peralta y Martín Soria, del Partido Justicialista, y María Inés Masa, Luis Bonardo y Beatriz Contreras, del Bloque Encuentro, presentaron un "pedido de informes" al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de Río Negro, que dice textualmente:
 
"Dado que: la empresa Flavors SA, no estaría elaborando alimentos, sino simplemente fraccionándolos; y que las expectativas de incremento en la ocupación de mano de obra de la región no habrían sido satisfechas por este mismo motivo, agravándose esta circunstancia porque la empresa contrató una cooperativa (hecho que posteriormente generó una multa por la Secretaría de Trabajo); y que además la expectativa de la zona agrícola de abastecer a la planta con la producción local, no se habría concretado por las causas antes mencionadas; solicitamos se nos informe el motivo por el cual ese Ministerio accedió a otorgarle una rebaja impositiva con que fuera beneficiada la firma aludida y además detalle los montos y características de la misma."
 
Prensa,  13 de setiembre de 2008
Contacto: Dr. Fabián Gatti – 0299 156 340 789

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miércoles, 10 de septiembre de 2008

Adhieren a la exigencia de subtitular la programación de Canal 10

 
Comunicación al Comité Federal de Radiodifusión
 
Legisladores del Frente Democrático expresaron, mediante una comunicación al COMFER, su beneplácito por la resolución 679/08 que obliga a los canales de televisión de aire de subtitular toda su programación a través del Sistema de Subtítulos Ocultos Opcionales o Closed Caption (CC). Además comunicaron al Poder Ejecutivo provincial, a la Secretaría de Medios de Comunicación, "la necesidad impostergable de cumplimentar lo establecido por la ley provincial Nº 2826" por la cual  "Radio Televisión Río Negro Sociedad del Estado LU 92 Canal 10, deberá subtitular todas las noticias en sus panoramas informativos, a efectos que las personas sordas o hipoacúsicas puedan tener conocimiento de las mismas". En el mismo sentido los parlamentarios invitan  a los sistemas cerrados de televisión que emiten en el ámbito de la provincia, a adherir a la citada ley.
 
Martha Ramidán, Beatriz Manso y Fabián Gatti, autores de la comunicación, recordaron que en abril de este año realizaron un pedido de informes a la Secretaría de Comunicación de la provincia solicitando explicaciones del por qué Radio Televisión Río Negro no cumple con la ley 2826. El requerimiento fue contestado y se argumentó que por problemas de costos y técnicos de difícil y muy costosa solución, la citada Secretaría habría "encomendado al área pertinente que estudie otras alternativas que razonablemente resulten admisibles".
 
En referencia a la resolución 679/08, recientemente publicada en el Boletín Oficial la semana pasada, se  obliga a los canales de TV de aire a subtitular toda su programación a través del Sistema de Subtítulos Ocultos Opcionales o Closed Caption. La resolución fue impulsada por la Asociación Argentina de Sordos Orales (ASO).
 
Según esta resolución, los canales de televisión tienen un plazo máximo de 90 días para subtitular los programas grabados y un plazo de un año para implementar el CC en los programas que se emiten en vivo. La medida dispone que el incumplimiento "será considerado una falta grave". Y la reiteración de infracciones puede ser sancionada con el retiro de la licencia para operar. Para las señales de cables registradas en el país, habría que esperar una nueva Ley de Radiodifusión que reemplace la 22.285, sancionada por la última dictadura.
 
Los parlamentarios argumentaron que "la televisión es el medio de comunicación que más influye en el modo de vida de los ciudadanos de todo el mundo y no debe ser entendida como mero entretenimiento sino que a través de ella se accede a la cultura, a la información y contribuye a la integración de las 3.000.000 de personas con dificultades auditivas como sordos, hipoacúsicos o personas de la tercera edad".
 
Closed Caption (inglés) es el sistema de subtítulos para programas de televisión y video que describe los diálogos, música, efectos de sonido, mediante palabras y símbolos. A diferencia de los subtítulos comunes que se manifiestan durante toda la exhibición del vídeo o película, el sistema CC es opcional mediante la habilitación de un decodificador.
 
A nivel internacional, la subtitulación nació a fines de los años 70 en Inglaterra. No sólo usan el sistema personas con problemas de audición sino también quienes están aprendiendo un idioma o que están en un entorno ruidoso que les impide oír un programa. En EEUU y Europa la mayoría de los programas cuentan con este sistema, mientras que se América Latina se está implementando paulatinamente. En nuestro país, desde el año 1999, la mayoría de los televisores que se fabrican cuenta con esta función de subtítulos opcionales o closed caption.
 
Prensa,  10 de septiembre de 2008
Contacto: Leg. Martha Ramidán – 02941 156 61106

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sábado, 6 de septiembre de 2008

Adhesión a la Ley de Marcas Colectivas

                                                                                                                                                   
        Proyecto Ley
Los legisladores Martha Ramidán, Beatriz Manso y Fabián Gatti adhieren a la Ley 26355 de "Marcas colectivas", sancionada por el Congreso Nacional este año. Será la autoridad de aplicación el Ministerio de Familia de Río Negro.  La ley fue propuesta por la Ministra de Desarrollo Social, Alicia Kirchner, en oportunidad de desempeñarse como senadora nacional, juntamente con sus pares  Graciela Bar, de Entre Ríos, y Nicolás Fernández, de Santa Cruz. Se entiende por "marca colectiva" todo signo que distingue los productos y/o servicios elaborados  o prestados por las firmas asociativas destinadas al desarrollo de la economía social.  Otorga respaldo jurídico y comercial a la producción del micro emprendedor de escasos recursos o en situación vulnerable.
 
Los legisladores expresaron que "la adhesión a ésta ley nacional, comporta un verdadero incentivo, donde el capital humano es capital de grupo, contribuyendo a que la comercialización de los productos elaborados por los emprendedores, promocione especialmente el desarrollo de ciertas normas, criterios y estrategias comunes, proporcionando un marco para la cooperación entre los productores locales, coadyuvando a un beneficio para todos."
 
Al respecto los legisladores del Frente Democrático señalan que "a partir de ahora, para acceder a esta herramienta comercial los emprendedores deberán organizarse bajo la figura de agrupamiento e inscribirse en el Registro Nacional de Efectores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación." Una vez constituidos como "agrupamiento", el grupo de emprendedores cumplimentará el trámite en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, donde quedará registrada "su marca colectiva".
 
Los trámites para registrar una marca serán gratuitos y durante el proceso se brindará asesoramiento a los inscriptos. Además, quienes accedan a una marca colectiva podrán participar de cursos, talleres de capacitación y asistencia técnica a fin de mejorar la calidad de sus productos, servicios  o procesos de producción. La capacitación y asistencia estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
 
"Lo novedoso de ésta nueva norma es que les abre las puertas de acceso a una marca a los emprendedores sociales sin necesidad de que éstos se constituyan en personas jurídicas. Antes, sólo aquellas personas físicas o jurídicas que estuviesen inscriptas en la Inspección General de Justicia contaban con esta posibilidad. Es así, que a partir del "agrupamiento" de personas, se constituye el acta que da nacimiento a la nueva organización que tiene por objetivo el registro de una marca" explicaron los legisladores. 
 
Luego manifiestan que esta ley nacional "permitirá que los micros emprendedores sociales de escasos recursos económicos o en situación de vulnerabilidad social puedan contar no solo con un respaldo jurídico  sino también comercial al momento de ingresar sus productos al mercado. () De ésta manera, es una forma que habilita para agrupar y registrar las manufacturas bajo un mismo nombre. Consecuentemente, la marca colectiva se presenta como un fenómeno asociativo que potenciará el desarrollo de la economía social." Así, los artesanos, productores, agricultores y otros emprendedores, que no producen a gran escala y que limitan sus ventas a la localidad o región en la que producen, podrán competir en cualquier mercado nacional o internacional.
 
"Normas similares encuentran cumplimiento en países como Italia, Perú, Guatemala y Nicaragua, entre otros, pero en el caso de nuestro país es, el signo distintivo, su contenido social", cerraron los legisladores.
 
Link sugerido:
http://www.puntoprofesional.com/P/Z0001HTM/DECRETO_1384-08.HTM
 
Prensa,  06 de setiembre de 2008
Contactos:
Prof. Beatriz Manso - 0299 156 340 806
Prof. Martha Ramidán – 02941 156 61 106

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miércoles, 3 de septiembre de 2008

Creación del Registro Provincial de Centros de Enseñanza del Idioma Inglés y emisión de certificados de calidad

 
Bloque Frente Democrático

Legisladores de Río Negro

Gacetilla de prensa                                                                                                                                                            

www.redesrn.blogspot.com


Proyecto de Ley
 
A fin de generar un estándar de calidad para las actividades educativas que están actualmente fuera de las políticas de Estado, los legisladores Beatriz Manso, Fabián Gatti y Martha Ramidán, promueven la creación de un Registro Provincial de Centros de Enseñanza del Idioma Inglés, al que las instituciones accederán voluntariamente y por ello adquirirán un certificado de calidad. A partir de esta iniciativa legislativa "el estado cumple con la responsabilidad de homologar y poner en conocimiento de la ciudadanía las opciones que cumplen con el nivel mínimo". 
 
Los legisladores señalaron que esta "ley no pretende tener un carácter prohibitivo y restrictivo" y que "sin duda la actividad necesita ser regulada, pero de ninguna manera podemos legislar a través de la prohibición poniendo en riesgo el sustento de los rionegrinos que viven de esta labor, teniendo en cuenta la importancia () que tiene la divulgación de esta lengua. Por otro lado si legisláramos en este caso sobre la prohibición, se tornaría imposible poder realizar, por parte del Estado, los controles que garanticen el cumplimiento de esa legislación. Lo que se pretende entonces es incentivar el mejoramiento de la calidad, a través de la creación de un Registro Provincial de Centros de Enseñanza del Idioma Inglés."
 
La Dirección de Educación Privada, dependiente del Ministerio de Educación  de la provincia, será la autoridad de aplicación de esta norma y la responsable de conformar el Registro en función de esta ley.
 
Para acceder a dicho registro, los Centros de enseñanza de la lengua inglesa, deberán cumplimentar requisitos mínimos a fin de garantizar el estándar de calidad básica. Por una parte las instituciones deberán presentar los certificados de habilitación municipal,  inscripción en Rentas y AFIP. En cuanto al recurso humano, el director deberá tener título de profesor de inglés universitario o terciario habilitante, el cuerpo docente deberá acreditar el 60% del cursado o finales de la carrera de profesor de inglés y la institución deberá demostrar que reúne las herramientas para la preparación de los exámenes internacionales PET, FIRST CERTIFICATE, TOEFL y otros.
 
La inscripción en el registro será anual y voluntaria, sin ser éste un requisito fundamental para poder brindar la enseñanza de esta lengua. Los centros de enseñanza obtendrán un número de matrícula que podrán exhibir en sus respectivos locales como "certificado de calidad".
 
Al respecto los parlamentarios expresaron que "cuando hablamos de estándar de calidad nos referimos a una enseñanza del idioma inglés en todas sus áreas de aprendizaje, que priorice el desarrollo de las habilidades de conversación, comprensión auditiva, teniendo en cuenta que de ellas depende del éxito de la comunicación".
 
"No está de más destacar que el idioma inglés es una herramienta fundamental para ampliar el campo ocupacional. El manejo de dicha lengua constituye el acceso a saberes formalizados y a variadas nociones del mundo, de la cultura y la sociedad. Promocionar su enseñanza por lo tanto, favorece la autonomía intelectual y contribuye a participar plenamente en un mundo donde la interacción entre los seres humanos no implica obligatoriamente la presencia física. La globalización de las comunicaciones exige un sentido de inmediatez y de pertenencia internacional que deben ser garantizados por el sistema educativo a través del aprendizaje efectivo de lenguas extranjeras".
 
La importancia del idioma inglés
 
A pesar de que el inglés no es el idioma más hablado en el mundo por una población nativa -el chino lo es- sí es el idioma que se utiliza más extensamente más allá de las fronteras de los países de habla inglesa. Según datos que ofrece el British Council, aproximadamente 375 millones de personas hablan inglés como idioma nativo y otras 375 millones lo hablan como segundo idioma. Pero la importancia de este idioma como lengua mundial no radica en el número de personas que lo habla sino en la utilidad que reviste para sus usuarios. Es el idioma en el que se llevan a cabo los negocios internacionales. Debido a las barreras culturales y de idioma a las que se enfrentan todas las corporaciones, es de suma importancia que las personas que realizan transacciones comerciales puedan contar con una lengua en común por medio de la cual puedan comunicarse con sus pares en otras culturas. Para la mayoría de los mercados mundiales, las principales fuentes de valiosa información sobre recursos financieros - las revistas Time y Newsweek, el canal CNN y el Wall Street Journal - están en inglés.
 
También los asuntos de gobierno y de diplomacia se manejan en este idioma en la mayoría de los países y en muchas organizaciones internacionales; por ejemplo, el inglés es el idioma oficial de la Organización de las Naciones Unidas, así como del European Central Bank y del ASEAN (Asociación de Naciones del Sudeste Asiático). El inglés se utiliza, además, para las comunicaciones internacionales de tráfico marítimo y aéreo. El inglés es el medio de comunicación internacional de la información y de las noticias a través de los canales satelitales. La Internet transmite una enorme cantidad de información, la mayor parte de la cual está en inglés - se estima que el 80 % de la información electrónicamente almacenada está en inglés. Más de la mitad de los periódicos y revistas del mundo se publican en esta lengua. El inglés es un idioma dominante en temas relacionados con las distintas profesiones y con la ciencia. Con frecuencia es el idioma en el que se llevan a cabo las conferencias internacionales y por todo el mundo se publican trabajos y avances tecnológicos y científicos en idioma inglés a fin de que éstos se den a conocer al mayor número posible de personas. El turismo es otra área en el que el idioma inglés juega un papel destacado. Mucha información turística, como guías de turismo, grabaciones de video, carteles y señales visuales en aeropuertos y lugares turísticos se presentan en inglés. Las mismas personas que se dedican a recibir grupos de turistas, sean guías de turistas, conductores de taxi u ómnibus y personal de hoteles suelen comunicarse con cierta destreza en inglés; condición que viene extendiéndose al personal de los restaurantes, bares y cafeterías.  
 
Prensa,  03 de septiembre 2008
Contacto: Prof. Beatriz Manso – 0299 156 340 806

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